
El Ministerio de la Producción (Produce) estableció un límite de captura de 186 toneladas para el recurso bacalao de profundidad (Dissostichus eleginoides) para el periodo anual 2024. Dicha cuota podrá ser modificada en función a los factores biológicos-pesqueros y/o ambientales que estime el Imarpe.
La Resolución Ministerial N.º 000010-2024-PRODUCE, que establece esta medida, fue publicada hoy en el boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano.
La decisión se basa en los resultados del informe «Análisis del estado de la pesquería del bacalao de profundidad (Dissostichus eleginoides) al 2023 y proyecciones de pesca al 2024», elaborado por el Instituto del Mar del Perú (Imarpe).
Según la normativa, la actividad extractiva del bacalao de profundidad comenzará a partir del día siguiente de la publicación de la Resolución Ministerial y concluirá cuando se alcance el límite de captura establecido, por recomendación del Imarpe debido a circunstancias ambientales o biológicas, o no debe exceder del 31 de diciembre de 2024.
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La normativa también incluye disposiciones relacionadas con la bitácora de pesca, la fiscalización de las actividades extractivas, el seguimiento científico por parte del Imarpe, y la obligatoriedad de facilitar la observación científica a bordo de las embarcaciones por parte de los armadores.
Cabe destacar que el incumplimiento de las disposiciones de esta Resolución Ministerial será sancionado de acuerdo con la Ley General de Pesca y demás normativas aplicables.
La norma lleva la firma de la ministra de la Producción, Ana Maria Choquehuanca de Villanueva.